Conforme al artículo 34 de la Ley 24.240 y la Resolución 424/2020, tenés derecho a revocar una operación realizada a distancia dentro de los 10 días corridos desde su celebración, sin expresar causa ni penalidad.
Nota: para experiencias turísticas reservadas para una fecha determinada puede aplicar la excepción del art. 1116 inc. c) del Código Civil y Comercial; en esos casos rige la política de cancelaciones. Igualmente podés enviar tu solicitud y la revisamos.